Tesis aislada · Quinta Época · Pleno
En los casos de dotación de ejidos procede conceder la suspensión, respecto de las tierras sembradas con henequén, a efecto de que se acaten las disposiciones de los artículos 18 y 20 del Reglamento Agrario, sin que sea necesario que el quejoso, otorgue fianza.
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Registro digital (IUS): 816080
Fuente: Informes
Instancia: Pleno
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1928; Pág. 112
Casillas Rivas Manuel, Palma Campos Manuel, Cisneros Mercedes, Rodríguez Juan José, Cervera de Avila Leonor.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XIV, página 335, tesis de rubro "HENEQUEN".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. PC.VIII. J/3 A (10a.). INFRACCIONES DE TRÁNSITO DETECTADAS A TRAVÉS DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS. LOS ARTÍCULOS 185, FRACCIÓN X, APARTADOS A Y B, Y 197, APARTADO B, DEL REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE SALTILLO, QUE LAS REGULA, NO TRANSGREDEN EL ÁMBITO COMPETENCIAL DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA LEGISLAR EN MATERIA DE TRÁNSITO.
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Art. PC.VIII. J/2 A (10a.). PAGO DE LO INDEBIDO. LAS SALAS DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA ESTÁN OBLIGADAS A DETERMINAR SI EL ACTOR TIENE DERECHO A SU RESTITUCIÓN, SIENDO INNECESARIO QUE PREVIAMENTE SOLICITE SU DEVOLUCIÓN A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA.
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