FISCALES

Artículo IUS 816246. EJECUCION DE SENTENCIA EN AMPARO DIRECTO, DEFECTO O EXCESO DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

EJECUCION DE SENTENCIA EN AMPARO DIRECTO, DEFECTO O EXCESO DE.

Incurre en defecto el tribunal responsable que, al recibir la ejecutoria de amparo, en vez de dictar nueva sentencia para cumplirla, la comunica a su inferior, para sus efectos, y no impide que éste ejecute actos, a pretexto de ejecución del fallo de amparo, que no le corresponde a él directamente. El Juez de primera instancia, que, sin haberse dictado nueva sentencia por su superior, tome medidas, a pretexto de ejecutar el fallo de amparo, incurre en exceso, porque el cumplimiento inmediato no le corresponde a él sino al tribunal, y porque la ejecución en que debe intervenir, es la del nuevo fallo de su superior.

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Registro digital (IUS): 816246

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1928; Pág. 183

Precedentes

Queja. Gutiérrez Toribio R.Nota: Los datos del asunto en que se sostiene esta tesis así aparecen publicados en el Informe.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816246 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816246 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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