FISCALES

Artículo IUS 816596. SALUBRIDAD. FIJACION DE SELLOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SALUBRIDAD. FIJACION DE SELLOS.

La que ordena el jefe de una unidad sanitaria respecto de tanques que contienen un insecticida y anticéptico, sin indicación del nombre del fabricante y del laboratorio sin etiquetas o con etiquetas que ostentan una leyenda alterada, no constituye una sanción en el sentido del artículo 38 del Reglamento para el Registro, Revisión y Propaganda de Medicinas de Patente y Similares, sino una medida de seguridad necesaria para lograr la efectividad de la sanción, en el caso de que llegue a imponerse. La sanción propiamente dicha corresponde al secretario de Salubridad y Asistencia, y para ello no es competente el jefe de la unidad sanitaria.

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Registro digital (IUS): 816596

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 185

Precedentes

Amparo 8946/45. Galindo Arturo V. 19 de marzo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816596 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816596 de la J. Fiscales SCJN?

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