FISCALES

Artículo IUS 816671. ESTABLECIMIENTOS. CLAUSURA PROVISIONAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ESTABLECIMIENTOS. CLAUSURA PROVISIONAL.

La circunstancia de que la clausura de un establecimiento sea provisional, esto es, que durará entre tanto no se efectúen las obras de higienización exigidas por la autoridad sanitaria responsable, no implica que no sea un acto definitivo para los efectos del amparo, puesto que esa orden no puede ser modificada ni revocada en la vía ordinaria.

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Registro digital (IUS): 816671

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 64

Precedentes

Amparo 9957/44. Mah Jack Poey. 1o. de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816671 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816671 de la J. Fiscales SCJN?

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