FISCALES

Artículo IUS 816778. DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. SU INCOMPETENCIA PARA INVESTIGAR Y DEFINIR RESPONSABILIDADES POR SUSTRACCION DE MERCANCIAS DE LOS ALMACENES DE LAS ADUANAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. SU INCOMPETENCIA PARA INVESTIGAR Y DEFINIR RESPONSABILIDADES POR SUSTRACCION DE MERCANCIAS DE LOS ALMACENES DE LAS ADUANAS.

Si la autoridad judicial investiga la responsabilidad de quienes sustrajeron de los almacenes de la aduana las mercancías, es evidente que la Dirección General de Aduanas no ha podido hacer nugatoria esa investigación, ni aun en el orden enteramente civil, para declarar responsables del valor de las mercancías sustraídas, en lugar de los ejecutores de esa sustracción, a los responsables de que las mercancías no se hubiesen rematado antes de que ese acto se consumara.

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Registro digital (IUS): 816778

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 36

Precedentes

Amparo 3392/30. J. Angel Favela. 13 de agosto de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816778 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816778 de la J. Fiscales SCJN?

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