Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
En el juicio sumario verbal de disenso a que se refiere el artículo 8o., párrafo tercero, de la Ley de Tierras Ociosas, debe intervenir el propietario de las tierras de que se trate.
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Registro digital (IUS): 816779
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 114
Amparo 8341/37. Rodríguez Matías. 12 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos la publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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