FISCALES

Artículo IUS 816816. PRUEBA PERICIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PRUEBA PERICIAL.

Las Salas de dicho tribunal, infringen el artículo 201, fracciones I y II, del Código Fiscal cuando, usando de su arbitrio, dejan de apreciar exactamente el resultado de la prueba pericial si éste es uniforme en cuanto a los dictámenes, ya que, en esos casos, la valorización deja de ajustarse a las circunstancias, máxime si aquella prueba está corroborada con otras.

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Registro digital (IUS): 816816

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 210

Precedentes

Amparo 5508/45. Arenas Guzmán Diego. 2 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816816 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816816 de la J. Fiscales SCJN?

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