Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Las Salas de dicho tribunal, infringen el artículo 201, fracciones I y II, del Código Fiscal cuando, usando de su arbitrio, dejan de apreciar exactamente el resultado de la prueba pericial si éste es uniforme en cuanto a los dictámenes, ya que, en esos casos, la valorización deja de ajustarse a las circunstancias, máxime si aquella prueba está corroborada con otras.
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Registro digital (IUS): 816816
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 210
Amparo 5508/45. Arenas Guzmán Diego. 2 de noviembre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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