FISCALES

Artículo IUS 816818. AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

AMPARO.

Si bien es cierto que sólo pueden reclamarse por medio del amparo las competencias constitucionales y no las jurisdiccionales, cuando el recurso se haga valer contra una resolución en la que ya se decidió sobre una de estas últimas, debe admitirse, ya que pueden haberse violado en perjuicio del quejoso leyes del procedimiento cuya violación no puede ser reparada en la sentencia definitiva.

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Registro digital (IUS): 816818

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 14

Precedentes

Amparo 2483/25. Luisa de la Peña viuda de Rojas. 2 de febrero de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816818 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816818 de la J. Fiscales SCJN?

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