FISCALES

Artículo IUS 816931. MINERIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

MINERIA.

Es infundado otorgarla con arreglo a la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que es de interés general la aplicación de las disposiciones de la Ley Minera, en vigor, en virtud de que conforme al artículo 3o. de esta ley, la explotación y beneficio de las subsistencias minerales a que la misma se refiere, son de utilidad pública; por tanto, la concesión de la suspensión contraria la prohibición del artículo 124 citado.

---

Registro digital (IUS): 816931

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 139

Precedentes

Amparo 3173/44. Compañía de Minas Huruapa, S.A. 27 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816931 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816931 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816931 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816931 FISCALES desde tu celular