FISCALES

Artículo IUS 816940. CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO.

No compete a la autoridad administrativa, en cumplimiento de ejecutoria recaída en el juicio sobre nacionalización, ordenar por la vía administrativa, la rescisión de los contratos de arrendamiento que haya celebrado durante la intervención, ni la desocupación de los predios, sino a la autoridad judicial.

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Registro digital (IUS): 816940

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 134

Precedentes

Amparo 1257/45. Rustrian Garfias Alfredo. 23 de agosto de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816940 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816940 de la J. Fiscales SCJN?

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