FISCALES

Artículo IUS 816991. SALUBRIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

SALUBRIDAD.

Es indebido concederla contra la aplicación del Decreto número 454, de 25 de diciembre de 1942, expedido por el Congreso del Estado de Tamaulipas, porque aun cuando sólo establece tarifas, éstas se relacionan con el cumplimiento de disposiciones en materia de sanidad, que son de interés público y, por tanto, no se surte el requisito que fija la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 816991

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 146

Precedentes

Amparo 3476/43. Manzur José. 10 de abril de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816991 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816991 de la J. Fiscales SCJN?

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