Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La ampliación de la demanda ante el Tribunal Fiscal no está absolutamente proscrita por el código de la materia, ya que no existe precepto expreso en tal sentido, ni hay incompatibilidad entre esa institución y el sistema general de dicho código, como puede inferirse de los artículo 169, 193 y 196, fracción II.
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Registro digital (IUS): 817010
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 153
Amparo 2655/45. Fábrica de Aceite y Algodón, S.A. 10 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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