FISCALES

Artículo IUS 817227. COMPUTO DE TERMINOS. INCLUSION DEL PRIMERO DE MAYO EN EL.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

COMPUTO DE TERMINOS. INCLUSION DEL PRIMERO DE MAYO EN EL.

El primero de mayo, clasificado entre los días de suspensión de labores en las oficinas dependientes del Ejecutivo Federal, no puede excluirse del cómputo de términos en materia de amparo, ya que de acuerdo con la ley relativa, sólo son inhábiles para ello los días de fiesta nacional, según se desprende del texto del artículo 26 de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 104 Constitucionales.

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Registro digital (IUS): 817227

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 30

Precedentes

Amparo en revisión 2355/31. Pérez Olvera Adela, albacea de la sucesión de Loreto Olvera viuda de Pérez. 17 de mayo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817227 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817227 de la J. Fiscales SCJN?

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