FISCALES

Artículo IUS 817252. ADUANAS (LEY SOBRE).

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

ADUANAS (LEY SOBRE).

Si el artículo 628 de la Ley Aduanal vigente en la época de los hechos que originaron el amparo, estatuía expresamente que la sentencia judicial no podía modificar o revocar la resolución administrativa que declara la procedencia del cobro de derechos fiscales o adicionales, manifiestamente no debió resolverse, como lo hizo el ciudadano Juez de Distrito, que la declaración judicial de no haber delito que perseguir, debía influir sobre la administrativa; pues los términos de esa disposición son claros, de manera de no dejar lugar a duda sobre su sentido.

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Registro digital (IUS): 817252

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 159

Precedentes

Amparo 4149/30. Cisneros Eutimio. 29 de abril. La publicación no menciona el año de la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817252 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817252 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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