FISCALES

Artículo IUS 817300. CONFESION PERFECTA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

CONFESION PERFECTA.

Cuando se hace una consignación a favor de alguna persona confesando el promovente la existencia de un adeudo, esta manifestación constante en actuaciones judiciales de pleno valor probatorio, constituye una confesión perfecta. Lo mismo acontece cuando la consignación se hace por conducto de apoderado con poder amplísimo y con facultad para absolver posiciones. Cuando existen en autos dos confesiones de resultados contrarios, una de carácter expreso y otra tácita, ésta última no puede destruir los alcances y efectos de aquélla.

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Registro digital (IUS): 817300

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 2049/31. Orozco José . 28 de mayo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817300 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817300 de la J. Fiscales SCJN?

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