Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
La Ley del Timbre distingue con toda claridad los certificados o certificaciones, de las copias certificadas. Certificado es el instrumento en que se asegura la verdad de alguna cosa, bajo la fe y palabra del funcionario o persona que lo autoriza. En cambio, copia certificada es todo documento en el que se reproduce puntualmente el contenido de otro, garantizándose el traslado fiel y exacto con la firma del funcionario que lo autoriza.
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Registro digital (IUS): 817395
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 26
Amparo 7078/36. Barrios G. de García Rojas Ana María. 20 de enero de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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