Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Las autoridades municipales carecen de facultad legislativa, y, por tanto, para expedir reglamentos de aplicación general; por lo que el reglamento para el funcionamiento de peluquerías que expidió el presidente municipal de San Pedro, Coahuila, es inconstitucional y violatorio de garantías pro haber sido expedido sin competencia y, consiguientemente, su aplicación también es violatoria de garantías.
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Registro digital (IUS): 817488
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 28
Amparo 7386/46. Alvarez Felipe y coagraviados. 21 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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