FISCALES

Artículo IUS 817520. NACIONALIZACION. POR VIRTUD DE LA NUEVA LEY DE NACIONALIZACION, LOS ACUERDOS RELATIVOS A LA OCUPACION DE BIENES ADQUIRIERON EL CARACTER DE PROVISIONALES.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

NACIONALIZACION. POR VIRTUD DE LA NUEVA LEY DE NACIONALIZACION, LOS ACUERDOS RELATIVOS A LA OCUPACION DE BIENES ADQUIRIERON EL CARACTER DE PROVISIONALES.

Como en el presente caso se reclamó la intervención por las autoridades administrativas de la finca que la quejosa reputa de su propiedad, los acuerdos relativos a la ocupación del bien, adquirieron el carácter de provisionales por virtud de la nueva Ley de Nacionalización, pues dicha ocupación está sujeta a la resolución que en definitiva dicta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; por lo que los expresados acuerdos de ocupación no tienen el carácter de definitivos para los efectos del juicio de garantías.

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Registro digital (IUS): 817520

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 94

Precedentes

Amparo 2189/27. Watson y Fischer María Isabel. 31 de marzo de 1937. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817520 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817520 de la J. Fiscales SCJN?

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