FISCALES

Artículo IUS 817563. EJIDOS. DECRETO QUE REFORMO EL ARTICULO 10o. DE LA LEY AGRARIA.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

EJIDOS. DECRETO QUE REFORMO EL ARTICULO 10o. DE LA LEY AGRARIA.

Procede la suspensión de las resoluciones dotatorias o restitutorias de ejidos, cuando los ejidatarios son los promoventes del amparo, porque no están comprendidos en el decreto de veintitrés de diciembre de mil novecientos treinta y uno, promulgado en doce de enero siguiente, que reformó la ley de seis de enero de mil novecientos quince, decreto conforme al cual es improcedente el amparo promovido por los propietarios contra las aludidas resoluciones.

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Registro digital (IUS): 817563

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 147

Precedentes

Incidente de suspensión 656/33. Comité Particular Administrativo Agrario de San Bartolo Tenayuca. La publicación no menciona la fecha de la resolución, el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817563 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817563 de la J. Fiscales SCJN?

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