FISCALES

Artículo IUS 817845. DECRETO SOBRE PRECIOS Y PRODUCTOS MEDICINALES Y ACUERDO FIJANDO ESOS PRECIOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

DECRETO SOBRE PRECIOS Y PRODUCTOS MEDICINALES Y ACUERDO FIJANDO ESOS PRECIOS.

Es improcedente decretar la suspensión de la simple expedición de dichos decretos y acuerdos, por haber quedado consumados, pues de dictarse equivaldría a su revocación, lo que no puede ser materia de una resolución incidental; y tampoco contra su aplicación, por estar interesada la sociedad en que se evite el alza de los precios de los productos medicinales y su especulación; y de lo contrario, se violaría la fracción II del artículo 123 de la Ley de Amparo.

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Registro digital (IUS): 817845

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 131

Precedentes

Amparo 9718/42. Henry K. Wampole y Compañía de México, S.A. 16 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817845 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817845 de la J. Fiscales SCJN?

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