Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala
La ejecutoria que dicta la Suprema Corte de Justicia de la Nación concediendo el amparo para el efecto de que la autoridad responsable, en una nuevo pronunciamiento estudie la excepción de prescripción opuesta al contestar la demanda, no prejuzga sobre los méritos de dicha excepción ni señala el sentido de las conclusiones a que el examen de ella conduciría. En consecuencia, no implica inejecución el hecho de que el estudiar la autoridad responsable la excepción la haya desestimado, y si esto lo hace infringiendo disposiciones legales no es el recurso de queja el procedente.
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Registro digital (IUS): 817857
Fuente: Informes
Instancia: Tercera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 43
Queja 425/45. Michelena María Lidia y Mejía José. 12 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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