Tesis aislada · Séptima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La comunicación a que se refiere el artículo 19 del Reglamento de la Ley del Seguro Social, no le obliga al instituto cuando los datos de inscripción fueron proporcionados por conducto del representante de la empresa.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 818229
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 169-174, Sexta Parte; Pág. 187
Amparo directo 9/83. Impulsora Forestal Peninsular, S. de R.L. 26 de mayo de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Cayetano Hernández Valencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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