Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala
Propuesta a la consideración de la Sala Fiscal una cuestión eminentemente técnica, la prueba más adecuada para dilucidarla es, obviamente, la pericial ofrecida en el juicio, prueba que, aunque no hubiese sido ofrecida, tenía que haber sido exigida de oficio por la Sala del Tribunal Fiscal, atento lo mandado por el párrafo final del artículo 198 del Código Fiscal de la Federación. Por lo tanto, fundado el fallo de la Sala a quo en el resultado de dicha prueba pericial, no es procedente que la Suprema Corte de Justicia considere la cuestión técnica propuesta en el juicio fiscal sustituyéndose a lo resuelto en sus dictámenes por los peritos de las partes, que es a los que corresponde, por la naturaleza propia de dicha cuestión, dilucidar técnicamente la misma.
---
Registro digital (IUS): 818356
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVI, Tercera Parte; Pág. 87
Revisión fiscal 286/64. Du Pont, S. A. de C. V. 3 de junio de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. PC.VII.L. J/6 K (10a.). REVISIÓN ADHESIVA EN AMPARO CONTRA LEYES. EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE VERACRUZ, COMO AUTORIDAD RESPONSABLE EJECUTORA, TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONER ESE RECURSO CUANDO SE HAYA SOBRESEÍDO EN LA SENTENCIA RECURRIDA POR EL ACTO QUE SE LE ATRIBUYÓ, AUN CUANDO SE HUBIERAN RECLAMADO DISPOSICIONES COMO AUTOAPLICATIVAS.
Siguiente
Art. PC.III.A. J/27 A (10a.). SUSPENSIÓN PROVISIONAL. NO PROCEDE CONCEDERLA PARA EL EFECTO DE PARALIZAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD INSTAURADO POR LA AUTORIDAD MUNICIPAL RESPECTO DE UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN INMOBILIARIA, Y PARA QUE NO SE DICTE LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo