Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala
Reclamada en amparo la ejecución de resolución presidencial agraria por vicios propios, las pruebas que rinda el quejoso deben tener por objeto demostrar en forma directa que al llevarse a cabo la ejecución combatida, indebidamente fueron tomadas sus tierras. No rendida en el juicio prueba alguna para probar tal extremo, para lo cual es necesaria la prueba pericial, que es la idónea para acreditar la indebida ejecución, el quejoso no demuestra que las autoridades responsables hayan incluido las tierras de su propiedad, no comprendidas en la resolución dotatoria relacionada, en las diligencias de ejecución respectivas, ni acredita, por lógica consecuencia, la afectación de su interés jurídico.
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Registro digital (IUS): 818474
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 90, Tercera Parte; Pág. 16
Amparo en revisión 6058/75. María del Socorro Lara de Pérez. 7 de junio de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.Séptima Epoca, Tercera Parte:Volumen 67, página 22. Amparo en revisión 2823/73. Silvestre Lerma Mares viuda de Solís y coagraviados. 3 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.Volumen 62, página 23. Amparo en revisión 2126/73. Víctor Manuel Martínez Medina y otros. 21 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 70, Tercera Parte, página 37, tesis de rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS. PRUEBA DE SU INDEBIDA EJECUCION. LA PERICIAL NO ES EL UNICO MEDIO PARA DEMOSTRARLA.".Nota: En el Volumen 67, página 22, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS. EJECUCION INCORRECTA. PRUEBA PERICIAL ES LA IDONEA PARA DEMOSTRARLA.".En el Volumen 62, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. EJECUCION INDEBIDA. LA PRUEBA PERICIAL ES LA IDONEA PARA DEMOSTRARLA.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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