FISCALES

Artículo IUS 818576. INFORME JUSTIFICADO. PRESUNCION DE CERTEZA DE LO AFIRMADO EN LA DEMANDA. SU ALCANCE SOLO SE EXTIENDE A LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

INFORME JUSTIFICADO. PRESUNCION DE CERTEZA DE LO AFIRMADO EN LA DEMANDA. SU ALCANCE SOLO SE EXTIENDE A LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO.

El hecho de que en el informe justificado la autoridad responsable no objete la existencia de los contratos que manifiestan los quejosos haber celebrado con la Secretaría de Recursos Hidráulicos, que no presentaron en el juicio, no significa que la autoridad admita tácitamente dicha existencia. Si bien es verdad que conforme al tercer párrafo del artículo 149 de la Ley de Amparo, la falta de informe de la autoridad responsable establece la presunción de ser cierto el acto reclamado, salvo prueba en contrario, también lo es que esa presunción se refiere al acto reclamado y no a diversos actos o hechos en que el quejoso basa su acción de amparo y que por ello no caben dentro de la presunción antes mencionada.

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Registro digital (IUS): 818576

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 13, Tercera Parte; Pág. 91

Precedentes

Amparo en revisión 1712/69. Manuel Moroyoqui Flores y coagraviados. 14 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818576 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818576 de la J. Fiscales SCJN?

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