FISCALES

Artículo I.2o.A.10 A . REVOCACION, ALCANCE DE LA IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE, PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

Tesis aislada · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

REVOCACION, ALCANCE DE LA IMPROCEDENCIA DEL RECURSO DE, PREVISTA EN LA FRACCIÓN II DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

Al disponer el mencionado precepto que: "Es improcedente el recurso cuando se haga valer contra actos administrativos: ... II. Que sean resoluciones dictadas en recurso administrativo en cumplimiento de éstas o de sentencias...", debe estimarse que el alcance de la improcedencia no es la que se pudiera deducir de una primera interpretación de sus términos literales, que llevarían a la actualización de esa hipótesis normativa en todos los casos en que el acto administrativo impugnado se emitiera teniendo como base la resolución dictada en otro recurso o en un juicio de nulidad, sin importar el alcance de ésta ni la medida en que vinculó a la autoridad administrativa; sino que este motivo de improcedencia se da sólo cuando las cuestiones que se plantean en el nuevo recurso administrativo fueron objeto de una decisión directa y definitiva en la resolución del recurso o juicio anterior, pues es evidente que lo que se quiere evitar con el establecimiento de la improcedencia en estudio, es que una misma cuestión concreta pudiera ser objeto de controversia y decisión en dos o más ocasiones, con el peligro de que se produzca una cadena infinita de recursos o juicios sobre la misma materia.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 819216

Clave: I.2o.A.10 A

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo IV, Octubre de 1996; Pág. 606

Precedentes

Amparo directo 3012/96. Poliestireno y Derivados, S.A. de C.V. 27 de septiembre de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Arturo Iturbe Rivas. Secretaria: Guillermina Coutiño Mata.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.2o.A.10 A del FISCALES?

Tesis aislada · Novena Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.2o.A.10 A de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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