Jurisprudencia · Octava Época · Pleno
El artículo 66 de la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal, vigente del 1o. de enero de 1981 al 31 de diciembre de 1982 faculta a la Tesorería del Distrito Federal para fijar el valor catastral de un predio aplicando los valores unitarios de tierra y de construcción que ella misma aprueba, sin que la propia ley establezca criterio alguno para fijarlos, ya que únicamente señala que debe auxiliarse de la Comisión Asesora de Valores Catastrales, sin establecer en qué consiste el auxilio ni cómo debe prestarse. Por tanto, al quedar al arbitrio de la autoridad exactora la determinación de la base gravable del impuesto predial, elemento fundamental y característico del impuesto, la disposición viola la garantía de legalidad tributaria contenida en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos.
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Registro digital (IUS): 820027
Clave: P. 26
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Pleno
Localización: [J]; 8a. Época; Pleno; Gaceta S.J.F.; Núm. 10-12, Noviembre-Diciembre de 1988; Pág. 37
Amparo en revisión 1751/82. Magdaleno Castillo Rodríguez. 15 de marzo de 1983. Unanimidad de dieciocho votos de los señores ministros: López Aparicio, Franco Rodríguez, Cuevas Mantecón, Castellanos Tena, Rivera Silva, Langle Martínez, Díaz Infante, Pavón Vasconcelos, Rebolledo, Rodríguez Roldán, Palacios Vargas, Gutiérrez de Velasco, Salmorán de Tamayo, Sánchez Vargas, del Río, Calleja García, León Orantes y Presidente Iñárritu. Ponente: Atanasio González Martínez. Secretario: Pedro Esteban Penagos López.Amparo en revisión 1754/82. Sergio A. Sánchez Castellanos O. 5 de julio de 1983. Unanimidad de diecinueve votos de los señores ministros: López Aparicio, Franco Rodríguez, Cuevas Mantecón, Castellanos Tena, Azuela Güitrón, Díaz Infante, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Rebolledo, Palacios Vargas, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Salmorán de Tamayo, Sánchez Vargas, del Río, Calleja García, León Orantes, Olivera Toro y Presidente Iñárritu. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Pedro Esteban Penagos López.Amparo en revisión 8926/82. Concepción Hernández Santiago. 24 de abril de 1984. Unanimidad de dieciséis votos de los señores ministros: López Aparicio, Franco Rodríguez, Cuevas, Castellanos, Azuela Güitrón, Langle Martínez, Pavón Vasconcelos, Rodríguez Roldán, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Salmorán, Moreno Flores, Calleja García, León Orantes, Olivera Toro y Presidente Iñárritu. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretaria: Martha Moyao Núñez.Amparo en revisión 6191/83. Jorge Correa M. y otra. 15 de octubre de 1985. Unanimidad de diecinueve votos de los señores ministros: López Aparicio, López Contreras, Cuevas, Castellanos, Azuela Güitrón, Castañón León, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, de Silva, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, Salmorán, Moreno Flores, del Río, Ortiz Santos, Schmill Ordóñez, Olivera Toro y Presidente Iñárritu. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Oscar Hernández Peraza.Amparo en revisión 504/85. Kodak Mexicana, S.A. de C.V. 8 de septiembre de 1988. Unanimidad de quince votos de los señores ministros: de Silva, Alba Leyva, Azuela, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y Presidente del Río. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Roberto Terrazas Salgado.Texto de la tesis aprobado por el Tribunal en Pleno el diez de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho. Unanimidad de 18 votos de los señores ministros: Presidente Carlos del Río Rodríguez, Carlos de Silva Nava, Salvador Rocha Díaz, Samuel Alba Leyva, Mariano Azuela Güitrón, Noé Castañón León, Ernesto Díaz Infante, Luis Fernández Doblado, Victoria Adato Green, Santiago Rodríguez Roldán, José Martínez Delgado, Atanasio González Martínez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Angel Suárez Torres, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Juan Díaz Romero y Ulises Schmill Ordóñez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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