Jurisprudencia · Quinta Época · Tercera Sala
La retroactividad de las leyes de procedimiento cabe cuando se trata de la forma con arreglo a la cual puede ser ejercido un derecho precedentemente adquirido, pero no cuando ese derecho ha nacido del procedimiento mismo, derecho del que no puede privarse a nadie por una ley nueva y que hizo nacer excepciones que pueden ser opuestas por el colitigante; mas la tramitación del juicio debe, desde ese punto, sujetarse a la nueva ley.
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Registro digital (IUS): 820109
Clave: 1656
Fuente: Apéndice de 1988
Instancia: Tercera Sala
Localización: [J]; 5a. Época; 3a. Sala; Ap. 1988; Parte II; Pág. 2686
Quinta Época:Tomo II, Pág. 653. The Sinaloa Land Company.Tomo IX, Pág. 372. López María de la Luz.Tomo XXXI, Pág. 895. López Ramírez Agustín y Coag.Tomo XXXVIII, Pág. 199. Ramírez Vda. de Russek Matilde.Tomo XL, Pág. 2954. Ducoing Arturo.Esta tesis apareció publicada, con el NUMERO 249, en el Apéndice 1917-1985, OCTAVA PARTE, Pág. 426.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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