FISCALES

Artículo 3a. 12. . IMPEDIMENTOS EN AMPARO. PARA DETERMINAR SI SE DA ALGUNA CAUSA DEBE APLICARSE LA LEY DE AMPARO Y NO EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Jurisprudencia · Octava Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalesjurisprudenciaoctava-Épocacomún

Texto Legal

IMPEDIMENTOS EN AMPARO. PARA DETERMINAR SI SE DA ALGUNA CAUSA DEBE APLICARSE LA LEY DE AMPARO Y NO EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.

Los impedimentos en que pueden encontrarse los ministros de la Suprema Corte de Justicia, magistrados de Circuito, jueces de Distrito y autoridades del orden común que conozcan de juicios de garantías, no pueden analizarse a la luz de lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles, pues en dicho ordenamiento se regulan los impedimentos de dichos funcionarios para conocer de asuntos ordinarios del orden federal, pero en el caso específico del juicio de amparo la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos regula en su capítulo VII, artículos 6 al 72, lo relativo a los impedimentos en que pueden encontrarse las autoridades jurisdiccionales, determinando en el artículo 66 que sólo podrán invocarse para no conocer del juicio constitucional, las causas de impedimento que enumera, por lo que en este supuesto no es aplicable el Código referido.

---

Registro digital (IUS): 820207

Clave: 3a. 12.

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [J]; 8a. Época; 3a. Sala; Gaceta S.J.F.; Núm. 8-9, Septiembre-Octubre de 1988; Pág. 14

Precedentes

Impedimento 36/82. Alicia Escárcega de Sánchez. 1o. de octubre de 1982. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Gloria León Orantes. Secretario: Raúl Ponce Farías.Impedimento 15/83. Yolanda Acevedo de Jácome. 3 de agosto de 1983. Cinco votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: Julio Humberto Hernández Fonseca.Impedimento 19/84. Fernando Herrero y Raquel Franco de Herrero. 20 de febrero de 1985. Unanimidad de 4 votos. Ponente: Jorge Olivera Toro. Secretario: José Nabor González Ruiz.Impedimento 50/85. María de la Luz de León González. 9 de julio de 1986. 5 votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: Tarcisio Obregón Lemus.Impedimento 66/86. Carlos Ramos Prieto y otros. 5 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Manuel Villagordoa Lozano. Secretario: Julio Ibarrola González.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3a. 12. del FISCALES?

Jurisprudencia · Octava Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3a. 12. de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 3a. 12. del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 3a. 12. FISCALES desde tu celular