Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Las listas de asistencia en las que exclusivamente aparecen los nombres, firmas y registros de entrada y salida de los actores en el juicio de origen, no son idóneas para probar la subsistencia de la relación laboral con posterioridad a aquella en que se tuvo por probada la sustitución patronal alegada por la moral demandada; ello, virtud a que los citados "records" de asistencia únicamente aparecen justificados o respaldados por las firmas de los operarios, sin que se advierta la participación del patrón en su confección, por lo que sólo constituyen documentos unilaterales al contener declaraciones que favorecen a los oferentes de la prueba, y no estar adminiculadas con diversos medios de convicción.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2002567
Clave: XVII.1o.C.T.22 L (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVI, Enero de 2013; Tomo 3; Pág. 2094
Amparo directo 889/2012. Llantas y Lubricantes Pasa, S.A. de C.V. 18 de octubre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Cordero Martínez. Secretaria: Myrna Grisselle Chan Muñoz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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