LABORALES

Artículo XXVI.5o.(V Región) 12 L (10a.). CARTA DE RENUNCIA Y FINIQUITO. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR LA EXCEPCIÓN DE PAGO OPUESTA POR EL PATRÓN RESPECTO DEL AGUINALDO SI EN ELLA SÓLO SE INDICA QUE LA CANTIDAD QUE RECIBIÓ EL TRABAJADOR POR TAL CONCEPTO FUE "PROPORCIONAL" AL AÑO EN QUE VOLUNTARIAMENTE SE SEPARÓ DEL EMPLEO.

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

CARTA DE RENUNCIA Y FINIQUITO. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR LA EXCEPCIÓN DE PAGO OPUESTA POR EL PATRÓN RESPECTO DEL AGUINALDO SI EN ELLA SÓLO SE INDICA QUE LA CANTIDAD QUE RECIBIÓ EL TRABAJADOR POR TAL CONCEPTO FUE "PROPORCIONAL" AL AÑO EN QUE VOLUNTARIAMENTE SE SEPARÓ DEL EMPLEO.

Tesis

Registro digital: 2002985

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Décima Época

Materia(s): Laboral

Tesis: XXVI.5o.(V Región) 12 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Libro XVIII, Marzo de 2013, Tomo 3, página 1926

Tipo: Aislada

CARTA DE RENUNCIA Y FINIQUITO. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITAR LA EXCEPCIÓN DE PAGO OPUESTA POR EL PATRÓN RESPECTO DEL AGUINALDO SI EN ELLA SÓLO SE INDICA QUE LA CANTIDAD QUE RECIBIÓ EL TRABAJADOR POR TAL CONCEPTO FUE "PROPORCIONAL" AL AÑO EN QUE VOLUNTARIAMENTE SE SEPARÓ DEL EMPLEO.


El artículo 33, párrafo segundo, de la Ley Federal del Trabajo dispone que todo convenio o liquidación, para ser válido, debe hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. En ese entendido, dicho requisito no se satisface si en la carta de renuncia y finiquito se indica que se pagó, entre otras prestaciones, el aguinaldo que se reclama al patrón y se señala la cantidad que recibió el trabajador, indicando que es el "proporcional" al año en que se separó voluntariamente del empleo, porque tal expresión genera incertidumbre en cuanto al conocimiento de los días y meses de esa anualidad que se tomaron en cuenta para calcular su pago y así constatar si el monto que se precisó es correcto, es decir, esa expresión no genera la certeza del periodo que comprende el pago del concepto que se finiquita y, por ende, el documento que solamente la contenga, sin hacer alguna otra precisión, es insuficiente para acreditar la excepción de pago opuesta por el patrón.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.


Amparo directo 1276/2012 (cuaderno auxiliar 770/2012). Sonia Ivett Arenivar Álvarez. 8 de noviembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Eduardo Farías Gasca. Secretario: Daniel Marcelino Niño Jiménez.

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Registro digital (IUS): 2002985

Clave: XXVI.5o.(V Región) 12 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: T.C.C.

Sala: QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVIII, Marzo de 2013; Tomo 3; Pág. 1926

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XXVI.5o.(V Región) 12 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · 10a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XXVI.5o.(V Región) 12 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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