LABORALES

Artículo IV.T.A.6 L (10a.). SUSTITUCIÓN PATRONAL. SE CONFIGURA AUN CUANDO NO HAYA IDENTIDAD ENTRE EL DOMICILIO DEL PATRÓN SUSTITUTO Y EL DEL SUSTITUIDO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

SUSTITUCIÓN PATRONAL. SE CONFIGURA AUN CUANDO NO HAYA IDENTIDAD ENTRE EL DOMICILIO DEL PATRÓN SUSTITUTO Y EL DEL SUSTITUIDO.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver la contradicción de tesis 7/2008-SS, de la que derivó la jurisprudencia de rubro: "SUSTITUCIÓN PATRONAL. SI LA DEMANDADA SUSTITUTA NIEGA TENER TAL CARÁCTER, A ELLA LE CORRESPONDE LA CARGA DE LA PRUEBA.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVII, marzo de 2008, página 261, determinó que el hecho de que el patrón sustituto continúe operando en el mismo establecimiento que el sustituido, pone de manifiesto que operó la sustitución patronal alegada por el trabajador y que, por ello, es el patrón sustituto quien debe desvirtuar que tiene ese carácter que se le atribuye; sin embargo, tal criterio no define que la identidad del domicilio constituya un requisito esencial para la configuración de dicha figura, puesto que, como requisitos fundamentales, únicamente consideró la transmisión de una persona a otra de una negociación considerada como unidad económico jurídica; y que se empleen las mismas herramientas y bienes con que operaba el patrón sustituido, determinando que el suceso de que siga funcionando en el mismo centro de trabajo, hace patente la sustitución patronal, mas no refirió que, en caso contrario, no pudiera estimarse posible su operación. De ahí que si se señala como sustituta a la responsable de un centro de trabajo ubicado en un domicilio distinto al de la empresa demandada originalmente, no conlleva la imposibilidad de que se hubiese configurado la sustitución patronal; máxime que, precisamente, a quien se atribuye ser patrón sustituto, corresponde justificar que no tiene ese carácter.TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2004119

Clave: IV.T.A.6 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXII, Julio de 2013; Tomo 2; Pág. 1595

Precedentes

Amparo en revisión 54/2013. Juan Lucio Rivera. 22 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica Lucio Rosales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IV.T.A.6 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IV.T.A.6 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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