LABORALES

Artículo I.6o.T.55 L (10a.). TRABAJADORES DE APOYO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. PARA DETERMINAR SU CALIDAD DE BASE, LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA NO DEBE REBASAR EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

TRABAJADORES DE APOYO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. PARA DETERMINAR SU CALIDAD DE BASE, LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 16, FRACCIÓN III, DE LA LEY RELATIVA NO DEBE REBASAR EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

El artículo 16, fracción III, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria reconoce como trabajadores de base a las personas que desempeñan tareas de apoyo a las funciones directivas, de especialización y técnicas, así como de mantenimiento y de servicio; sin embargo, para determinar si un trabajador de apoyo es de base o de confianza, dicho artículo no debe interpretarse en forma aislada, sino sistemáticamente con el contenido de los numerales 15, 17 y 18 de la propia legislación y el diverso 5o. de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Así, el personal de apoyo a que se refiere el citado numeral 16, fracción III, será de base, siempre y cuando no se actualice alguna de las hipótesis del referido artículo 5o., como acontece cuando dicho personal técnico se desempeña, de manera exclusiva y permanente, en actividades inherentes a la inspección, vigilancia y fiscalización, ya que, en ese caso, deberá considerársele como trabajador de confianza, debido precisamente a las funciones de supervisión, control y vigilancia, que preponderantemente desarrolla con motivo de su trabajo.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2004615

Clave: I.6o.T.55 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXIV, Septiembre de 2013; Tomo 3; Pág. 2699

Precedentes

Amparo directo 654/2013. Benito Villanueva Arvizo. 20 de junio de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: Joaquín Zapata Arenas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.6o.T.55 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.6o.T.55 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.6o.T.55 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.6o.T.55 L (10a.) LABORALES desde tu celular