Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La naturaleza jurídica del organismo denominado "Sistema de Aguas de la Ciudad de México", está prevista en el artículo 7, primer párrafo, de la Ley de Aguas del Distrito Federal, que dispone que es un "órgano desconcentrado de la administración pública del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría del Medio Ambiente, cuyo objeto principal es la operación de la infraestructura hidráulica y la prestación del servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reuso de aguas residuales, que fungirá como auxiliar de la Secretaría de Finanzas en materia de servicios hidráulicos conforme a lo dispuesto en el Código Financiero del Distrito Federal.". Por tanto, al ser un órgano desconcentrado de la administración pública del Distrito Federal, adscrito a la Secretaría del Medio Ambiente, la competencia para conocer de los conflictos laborales con sus trabajadores se surte a favor del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; y, en lo esencial, con la tesis 2a. L/96, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo IV, octubre de 1996, página 315, de rubro: "COMPETENCIA LABORAL. DE LOS CONFLICTOS SUSCITADOS ENTRE EL ÓRGANO DESCONCENTRADO DE UNA SECRETARÍA DE ESTADO, CON SUS TRABAJADORES, CORRESPONDE CONOCER AL TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE."SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2004871
Clave: I.6o.T.69 L (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XXVI, Noviembre de 2013; Tomo 2; Pág. 1296
Competencia 20/2013. Suscitada entre la Quinta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Diecisiete de la Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 5 de septiembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Elia Adriana Bazán Castañeda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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