LABORALES

Artículo I.6o.T.91 L (10a.). TRABAJADORES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. AQUELLOS QUE OCUPAN LA CATEGORÍA DE ANALISTA DEL BANCO MUNDIAL, DEBEN CONSIDERARSE DE CONFIANZA ATENDIENDO A QUE, ALGUNAS DE LAS FUNCIONES QUE REALIZAN, PUEDEN UBICARSE EN LA HIPÓTESIS CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

TRABAJADORES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. AQUELLOS QUE OCUPAN LA CATEGORÍA DE ANALISTA DEL BANCO MUNDIAL, DEBEN CONSIDERARSE DE CONFIANZA ATENDIENDO A QUE, ALGUNAS DE LAS FUNCIONES QUE REALIZAN, PUEDEN UBICARSE EN LA HIPÓTESIS CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN II, INCISO B), DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

Los trabajadores que desempeñan el cargo de Analista del Banco Mundial, en el Servicio de Administración Tributaria, realizan, entre otras, las siguientes funciones: Mantener en orden el expediente y los diversos documentos adjuntos a la solicitud de compra; preparar oficios y documentación soporte del trámite para publicar aviso de expresión de interés, de ser el caso ordenar en el expediente la lista corte remitida por el área requirente, resultado de la evaluación de las expresiones de interés; preparar oficio para publicar invitación en el Diario Oficial de la Federación; preparar oficio para tramitar la No Objeción de Banco Mundial a la lista corta, solicitud estándar de propuestas y costeo; preparar el acta de notificación en evento público el fallo adjudicatorio; preparar oficio para tramitar la No Objeción de Banco Mundial a la propuesta de adjudicación; y, preparar oficio para turnar contrato para su registro ante Banco Mundial. Funciones las anteriores que se ubican en la hipótesis prevista en el artículo 5o., fracción II, inciso b), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para ser considerados de confianza.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2005611

Clave: I.6o.T.91 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 3, Febrero de 2014; Tomo III; Pág. 2645

Precedentes

Amparo directo 1099/2013. Yunuen Virginia Balderrama Vázquez. 28 de noviembre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Elia Adriana Bazán Castañeda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.6o.T.91 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.6o.T.91 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.6o.T.91 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.6o.T.91 L (10a.) LABORALES desde tu celular