Jurisprudencia · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
De los artículos 365 a 370 de la Ley Federal del Trabajo no se advierte que los patrones tengan injerencia en la formación de sindicatos que sus trabajadores constituyan o en las decisiones tomadas para su integración; y sí por el contrario, el numeral 133, fracciones V y VII, del citado ordenamiento les prohíbe intervenir en el régimen interno del sindicato y ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes; consecuentemente, los patrones no tienen derecho a inmiscuirse en el procedimiento de registro sindical de sus subordinados, ya que solamente interesa a los empleados.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2005899
Clave: I.6o.T. J/13 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 4, Marzo de 2014; Tomo II; Pág. 1481
Amparo en revisión 26/2008. Procuraduría General de la República. 6 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Antonio Márquez Aguirre.Amparo en revisión 31/2008. Secretaría de Comunicaciones y Transportes. 27 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretaria: Sandra Verónica Camacho Cárdenas.Amparo en revisión 112/2011. Sistema de Transporte Colectivo. 22 de septiembre de 2011. Unanimidad de votos. Ponente: Marco Antonio Bello Sánchez. Secretaria: Cruz Montiel Torres.Amparo en revisión 165/2012. Secretario del Despacho de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. 13 de diciembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Antonio Márquez Aguirre.Queja 171/2013. 23 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Ana Isabel Galindo Narváez.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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