LABORALES

Artículo IUS 806209. TRABAJO, COMPETENCIA CON MOTIVO DE CONFLICTOS DE.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

TRABAJO, COMPETENCIA CON MOTIVO DE CONFLICTOS DE.

El artículo 429 de la Ley Federal del Trabajo, en su fracción I, señala como competente para conocer los conflictos de trabajo, a la Junta del lugar de la ejecución del trabajo, por lo que determinado el lugar donde el actor presta sus servicios, es competente la Junta de ese lugar.

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Registro digital (IUS): 806209

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XLIII, Primera Parte; Pág. 314

Precedentes

Competencia 89/58. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Gómez Palacio, Durango y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje de Torreón, Estado de Coahuila. 25 de enero de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806209 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 806209 de la J. Laborales SCJN?

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