LABORALES

Artículo IUS 806217. COMPETENCIA POR DECLINATORIA E INHIBITORIA. NO PUEDEN PLANTEARSE SIMULTANEAMENTE.

Tesis aislada · Sexta Época · Pleno

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Texto Legal

COMPETENCIA POR DECLINATORIA E INHIBITORIA. NO PUEDEN PLANTEARSE SIMULTANEAMENTE.

Habiendo interpuesto la demandada, simultáneamente, la competencia por declinatoria y por inhibitoria, lo que prohibe el artículo 431 de la Ley Federal del Trabajo, y habiéndose tramitado y desechado la primera, resulta que con la segunda fue planteada ilegalmente la controversia competencial, y con apoyo en la mencionada disposición legal, así debe declararse devolviéndose los expedientes relativos a las autoridades que tuvieron el carácter de contendientes, para los fines legales que procedan.

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Registro digital (IUS): 806217

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 6a. Época; Pleno; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Primera Parte; Pág. 39

Precedentes

Competencia 134/59. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Nuevo León, Grupo Especial Número Tres y el Grupo Especial Número Seis de la Junta de Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 3 de agosto de 1960. Unanimidad de diecinueve votos. Ponente: Agapito Pozo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 806217 del LABORALES?

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