Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
El documento privado consistente en la orden de adscripción del trabajador constituye una prueba de carácter unilateral porque su elaboración queda a cargo del patrón, no obstante merece valor probatorio pleno si el trabajador aceptó que realizó la actividad encomendada y percibió la remuneración previstas en aquélla porque dicho documento contiene el acto que lo legitimó para ocupar ese puesto de trabajo; es decir, es el acuerdo de voluntades que se dio cuando el trabajador realizó la actividad encomendada y percibió la remuneración respectiva ya que, evidentemente, aceptó los términos propuestos por el patrón en ese documento de cuyo cumplimiento no puede sustraerse a conveniencia.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.
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Registro digital (IUS): 2006838
Clave: (IV Región)1o.17 L (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 7, Junio de 2014; Tomo II; Pág. 1782
Amparo directo 1307/2013 (cuaderno auxiliar 59/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. María Isabel Sierra Martínez. 13 de febrero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alonso Campos Saito, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Marín Acevedo Peña.Amparo directo 1513/2013 (cuaderno auxiliar 262/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Olga Lidia Villegas Zaragoza. 3 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alonso Campos Saito, secretario de tribunal autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrado, en términos del artículo 81, fracción XXII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Secretario: Marín Acevedo Peña.Amparo directo 1104/2013 (cuaderno auxiliar 313/2014) del índice del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y de Trabajo del Décimo Noveno Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. María Idolina Martínez Martínez. 28 de abril de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Sofía Virgen Avendaño. Secretaria: Ana Livia Sánchez Campos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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