LABORALES

Artículo (VIII Región)2o.4 L (10a.). INTERROGATORIO LIBRE COMO MEDIO ACCESORIO DE PRUEBA EN MATERIA LABORAL. PUEDE OFRECERSE EN EL ESCRITO EN QUE SE ANUNCIA LA PRUEBA PRINCIPAL, ESTO ES, ANTES DE SU PERFECCIONAMIENTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

INTERROGATORIO LIBRE COMO MEDIO ACCESORIO DE PRUEBA EN MATERIA LABORAL. PUEDE OFRECERSE EN EL ESCRITO EN QUE SE ANUNCIA LA PRUEBA PRINCIPAL, ESTO ES, ANTES DE SU PERFECCIONAMIENTO.

Conforme lo estableció la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 133/2004, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, septiembre de 2004, página 223, de rubro: "INTERROGATORIO LIBRE EN MATERIA LABORAL. SU OFRECIMIENTO ES OPORTUNO EN EL DESAHOGO DE PRUEBAS.", es pertinente el ofrecimiento del aludido interrogatorio complementario de pruebas, al momento en que se perfeccione el medio de convicción de origen, ello en atención a que se trata de un accesorio tendente a reforzar la prueba de la que deriva; por ende, siguiendo esa lógica jurídica, es oportuno el ofrecimiento que se realice con anterioridad al desahogo de la prueba base, como lo sería al presentar el escrito de pruebas, debido a que la Ley Federal del Trabajo no sanciona el señalamiento de pruebas con anterioridad a la etapa en que deben ofrecerse, siempre y cuando cumplan los requisitos para su correcto desahogo, lo que de igual forma debe operar para el interrogatorio libre como elemento complementario de prueba.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA OCTAVA REGIÓN.

---

Registro digital (IUS): 2007262

Clave: (VIII Región)2o.4 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1826

Precedentes

Amparo directo 1265/2013 (expediente auxiliar 408/2014) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Octava Región, con residencia en Mérida, Yucatán. Secretaría de Finanzas y Administración del Estado de Guerrero. 9 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Iván Benigno Larios Velázquez. Secretaria: Martha Eugenia Magaña López.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo (VIII Región)2o.4 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo (VIII Región)2o.4 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. (VIII Región)2o.4 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. (VIII Región)2o.4 L (10a.) LABORALES desde tu celular