Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Es ilegal que el secretario general de una sección del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, unilateralmente, ordene la cancelación de la comisión sindical para la que fue electo un trabajador, sin que conste que se le diera la oportunidad de ser oído en defensa de sus intereses, pues para nulificar dicho encargo es necesario que se cumpla con el derecho de audiencia y se funde y motive la causa de su determinación, ya que, de lo contrario, se violan los derechos consagrados en los artículos 14 y 16 constitucionales.DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2007304
Clave: I.13o.T.99 L (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Agosto de 2014; Tomo III; Pág. 1603
Amparo directo 90/2014. Minerva López Vázquez. 15 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Landa Razo. Secretaria: Carmen González Valdés.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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