LABORALES

Artículo I.9o.T.30 L (10a.). TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA. EL ESTÍMULO DENOMINADO "PAGO POR RENUNCIA" NO APLICA PARA AQUELLOS QUE RENUNCIEN PARA INCORPORARSE AL PROGRAMA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

TRABAJADORES DEL INSTITUTO NACIONAL DE BELLAS ARTES Y LITERATURA. EL ESTÍMULO DENOMINADO "PAGO POR RENUNCIA" NO APLICA PARA AQUELLOS QUE RENUNCIEN PARA INCORPORARSE AL PROGRAMA DE SEPARACIÓN VOLUNTARIA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, no está obligado a pagar las cantidades a que se refiere el estímulo denominado "pago por renuncia", contenido en un acuerdo celebrado con el sindicato, a un trabajador que expresa su voluntad de no seguir prestando sus servicios con el fin de integrarse al Programa de Separación Voluntaria en la Administración Pública Federal y recibe la compensación correspondiente por este concepto, ya que ambas prestaciones comparten la misma esencia, dado que se otorgan en atención a la antigüedad del trabajador, aunque tengan un origen distinto pues, de concederse ambas gratificaciones, ello constituiría un doble pago, precisamente porque el derecho que tutelan son los años de servicio prestados, que son cuantificados en la referida compensación del retiro voluntario.NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2007403

Clave: I.9o.T.30 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 10, Septiembre de 2014; Tomo III; Pág. 2648

Precedentes

Amparo directo 359/2014. Pedro Alejandro Zaldívar Peralta y otros. 28 de mayo de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Rivas Pérez. Secretario: César Alejandro Rivera Flores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.9o.T.30 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.9o.T.30 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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