LABORALES

Artículo 2a. CX/2014 (10a.). UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DE SUS PROFESORES E INVESTIGADORES DE CARRERA SE OBTIENE UNA VEZ QUE ADQUIERE FIRMEZA LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINE GANADOR AL PARTICIPANTE DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO.

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

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Texto Legal

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DE SUS PROFESORES E INVESTIGADORES DE CARRERA SE OBTIENE UNA VEZ QUE ADQUIERE FIRMEZA LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINE GANADOR AL PARTICIPANTE DEL CONCURSO DE OPOSICIÓN ABIERTO.

De los artículos 75, 77 y 106 del Estatuto del Personal Académico de la Universidad Nacional Autónoma de México y de las cláusulas 13 y 14 del Contrato Colectivo de Trabajo del Personal Académico al Servicio de la Universidad Nacional Autónoma de México, se advierte que el concurso de oposición abierto constituye un proceso que consta de dos instancias, al estar previsto un recurso de revisión, mediante el cual se pretende garantizar la legalidad del procedimiento de selección. Así, el resultado del concurso de oposición abierto, a través del cual se determina al concursante ganador y que, por tanto, ingresa como profesor o investigador de carrera, se define mediante la resolución que adquiere firmeza, al concluir las dos fases del procedimiento administrativo, momento a partir del cual la autoridad administrativa debe ejecutar de inmediato los actos necesarios para su cumplimiento, pues la firmeza de la resolución es indispensable para su ejecución. En consecuencia, la estabilidad laboral se obtiene una vez que adquiera firmeza la resolución que determine ganador al participante del concurso de oposición abierto, es decir, hasta que se resuelve el recurso de revisión previsto en la normativa aplicable o precluya el plazo para interponerlo.

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Registro digital (IUS): 2007940

Clave: 2a. CX/2014 (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 10a. Época; 2a. Sala; Gaceta S.J.F.; Libro 12, Noviembre de 2014; Tomo I; Pág. 1193

Precedentes

Amparo directo en revisión 2388/2013. Raúl Cándido Nieto García. Recurrente: Universidad Nacional Autónoma de México. 22 de enero de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Luis María Aguilar Morales. Disidente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Laura Montes López.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2a. CX/2014 (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2a. CX/2014 (10a.) de la J. Laborales SCJN?

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