LABORALES

Artículo XXVII.3o.27 L (10a.). PRIMA VACACIONAL. ES UNA PRESTACIÓN LEGAL Y CORRESPONDE AL PATRÓN DEMOSTRAR SU MONTO Y PAGO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CANTIDAD RECLAMADA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRIMA VACACIONAL. ES UNA PRESTACIÓN LEGAL Y CORRESPONDE AL PATRÓN DEMOSTRAR SU MONTO Y PAGO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CANTIDAD RECLAMADA.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 2a./J. 31/2011 (10a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro V, Tomo 2, febrero de 2012, página 779, de rubro: "AGUINALDO. ES UNA PRESTACIÓN LEGAL Y CORRESPONDE AL PATRÓN DEMOSTRAR SU MONTO Y PAGO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA CANTIDAD RECLAMADA.", estableció que corresponde al patrón probar su dicho cuando exista controversia sobre el monto y pago del salario, por lo que si el aguinaldo es parte integrante de aquél, a él correspondía acreditar esos extremos, con independencia de que se reclamara en una cantidad mayor a la prevista por la ley. Ahora bien, las mismas razones deben prevalecer respecto de la prima vacacional, pues al igual que el aguinaldo, ésta se constituye como un ingreso adicional y extraordinario que debe ser considerado como parte integrante del salario en términos del artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo; por tanto, en todos los casos corresponde al patrón probar su monto y pago cuando exista controversia al respecto, no obstante que se haya reclamado en términos superiores al de 25% del salario que prevé el artículo 80 de la referida ley.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2011085

Clave: XXVII.3o.27 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 27, Febrero de 2016; Tomo III; Pág. 2112

Precedentes

Amparo directo 475/2014. Banco Azteca, S.A., Institución de Banca Múltiple. 18 de diciembre de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretario: José Luis Orduña Aguilera.Amparo directo 172/2015. Javier Medina Fierros. 5 de junio de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Ramón Rodríguez Minaya. Secretario: José Luis Orduña Aguilera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XXVII.3o.27 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

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