LABORALES

Artículo IV.4o.T.4 L (10a.). INCIDENTE DE SUSTITUCIÓN PATRONAL. AUN CUANDO LA EMPRESA SUSTITUTA O LA SUSTITUIDA HAYAN COMPARECIDO A JUICIO REPRESENTADAS POR UN MISMO APODERADO, NO DEBEN SOSLAYARSE LAS FORMALIDADES PARA SU NOTIFICACIÓN AL PATRÓN SUSTITUTO, PUES AL NO TENER CERTEZA JURÍDICA DE QUE ESTÉ ENTERADO DE AQUÉL, SE VIOLARÍA SU DERECHO FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

INCIDENTE DE SUSTITUCIÓN PATRONAL. AUN CUANDO LA EMPRESA SUSTITUTA O LA SUSTITUIDA HAYAN COMPARECIDO A JUICIO REPRESENTADAS POR UN MISMO APODERADO, NO DEBEN SOSLAYARSE LAS FORMALIDADES PARA SU NOTIFICACIÓN AL PATRÓN SUSTITUTO, PUES AL NO TENER CERTEZA JURÍDICA DE QUE ESTÉ ENTERADO DE AQUÉL, SE VIOLARÍA SU DERECHO FUNDAMENTAL DE AUDIENCIA.

Las formalidades de las notificaciones previstas en el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, en la hipótesis en que se promueve un incidente de sustitución patronal conforme al artículo 41, no pueden soslayarse considerando que la empresa sustituta o la sustituida haya comparecido al juicio ordinario, representadas por un mismo apoderado, pues las consecuencias jurídicas que reviste, al ser declarada patrón sustituto, consistentes en asumir la responsabilidad de las condenas que hayan sido decretadas contra la sustituida, imponen que se tenga pleno conocimiento de ese incidente, con la satisfacción de todos los requisitos establecidos en el primer precepto, entre ellos, que la diligencia se entienda con su representante legal, pues de no ser así, al no tenerse la certeza jurídica de que el patrón sustituto esté debidamente enterado de dicho incidente, se violaría su derecho fundamental de audiencia.CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2013513

Clave: IV.4o.T.4 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 38, Enero de 2017; Tomo IV; Pág. 2547

Precedentes

Amparo en revisión 25/2016. Silvia Vásquez Alba. 19 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: Angélica María Torres García.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IV.4o.T.4 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IV.4o.T.4 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

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