LABORALES

Artículo XVI.1o.T.58 L (10a.). NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO LABORAL. PROCEDE PARA IMPUGNAR TANTO LOS VICIOS DE LA DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN, COMO AQUELLOS EN LOS QUE PUDO INCURRIR LA AUTORIDAD LABORAL AL ORDENAR SU PRÁCTICA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

NULIDAD DE NOTIFICACIONES EN EL JUICIO LABORAL. PROCEDE PARA IMPUGNAR TANTO LOS VICIOS DE LA DILIGENCIA DE NOTIFICACIÓN, COMO AQUELLOS EN LOS QUE PUDO INCURRIR LA AUTORIDAD LABORAL AL ORDENAR SU PRÁCTICA.

El incidente de nulidad previsto en el artículo 762, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, es el medio ordinario de defensa con el que cuentan las partes en un juicio laboral para impugnar una notificación, ya que mediante él, la Junta puede analizar el cumplimiento de las formalidades previstas en la citada legislación respecto de la notificación impugnada, lo que incluye tanto la forma en que se ordenó la práctica de esa comunicación procesal, como la manera en que el actuario desarrolló la diligencia correspondiente, pues los artículos 739 a 751 señalan los términos en que deben practicarse las notificaciones, y las obligaciones a cargo de quienes materialmente realizan las diligencias, así como de las Juntas que las ordenan, en tanto que el diverso numeral 752 precisa que serán nulas las notificaciones que no se practiquen conforme a los preceptos referidos, lo que implica que la materia de estudio en el incidente de nulidad no sólo incluye los vicios de la diligencia de notificación, sino también aquellos en los que pudo incurrir la autoridad laboral al ordenar su práctica.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL DÉCIMO SEXTO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2020083

Clave: XVI.1o.T.58 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 67, Junio de 2019; Tomo VI; Pág. 5290

Precedentes

Amparo directo 231/2018. Desarrolladora de Fútbol México A.L.C., S.A. de C.V. 31 de enero de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Erubiel Ernesto Gutiérrez Castillo. Secretario: Ángel de Jesús Fernández Del Río.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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