LABORALES

Artículo I.6o.T.171 L (10a.). RELACIÓN LABORAL. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLA EL HECHO DE QUE EL DEMANDADO, EN ESCRITURA PÚBLICA, OTORGUE A UNA PERSONA UN PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS PARA ACTUAR COMO SU REPRESENTANTE LEGAL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

RELACIÓN LABORAL. ES INSUFICIENTE PARA ACREDITARLA EL HECHO DE QUE EL DEMANDADO, EN ESCRITURA PÚBLICA, OTORGUE A UNA PERSONA UN PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS PARA ACTUAR COMO SU REPRESENTANTE LEGAL.

El hecho de que el demandado otorgue en escritura pública a una persona poder general para pleitos y cobranzas para actuar como su representante legal es insuficiente, por sí solo, para tener por acreditada la existencia de una relación de trabajo, al no desprenderse del mismo la subordinación, elemento esencial del vínculo laboral, que permite distinguirlo de otras relaciones jurídicas, la cual se traduce, por parte del patrón, en la facultad jurídica de mando correlativa a un deber de obediencia de quien presta su servicio, que obliga al trabajador a desempeñarlo bajo la dirección del empleador, a cuya autoridad estará subordinado en todo lo concerniente al trabajo, de acuerdo con el artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo, toda vez que dicho poder está orientado a defender los intereses de la empresa contra terceros y, en todo caso, únicamente justificaría que la persona a quien se le otorgó actúa con autonomía e independencia en su gestión.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2020136

Clave: I.6o.T.171 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 67, Junio de 2019; Tomo VI; Pág. 5348

Precedentes

Amparo directo 243/2019. Procuraduría Federal del Consumidor. 16 de mayo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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