LABORALES

Artículo XIII.1o.P.T.2 L (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA ABSTENCIÓN DE LA JUNTA DE HACER CUMPLIR EL LAUDO. AL TRATARSE DE UN ACTO NEGATIVO QUE NO REQUIERE EJECUCIÓN MATERIAL SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE PRESENTÓ LA DEMANDA.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocacomún,-laboral

Texto Legal

COMPETENCIA PARA CONOCER DEL AMPARO INDIRECTO CONTRA LA ABSTENCIÓN DE LA JUNTA DE HACER CUMPLIR EL LAUDO. AL TRATARSE DE UN ACTO NEGATIVO QUE NO REQUIERE EJECUCIÓN MATERIAL SE SURTE A FAVOR DEL JUEZ DE DISTRITO EN CUYA JURISDICCIÓN SE PRESENTÓ LA DEMANDA.

Si la quejosa acude ante el Juez de Distrito y reclama la abstención u omisión de la Junta de hacer cumplir un laudo, la competencia para conocer del amparo se surte a favor del Juez en cuya jurisdicción se haya presentado la demanda, toda vez que dicha abstención u omisión es un acto negativo que no trae consigo ejecución material, pues se trata de una conducta omisiva. De ahí que el conflicto competencial se resuelva conforme a la regla establecida en el párrafo tercero del artículo 37 de la Ley de Amparo, que dispone que cuando el acto reclamado no requiere ejecución material, será competente el Juez de Distrito en cuya jurisdicción se haya presentado la demanda.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2020884

Clave: XIII.1o.P.T.2 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 71, Octubre de 2019; Tomo IV; Pág. 3475

Precedentes

Conflicto competencial 11/2019. Suscitado entre el juzgado Octavo de Distrito, con residencia en San Bartolo Coyotepec y el juzgado Séptimo de Distrito, con residencia en Salina Cruz, ambos del Estado de Oaxaca. 11 de julio de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: David Gustavo León Hernández. Secretaria: Reyna Francisca de la Rosa Fuentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XIII.1o.P.T.2 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo XIII.1o.P.T.2 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. XIII.1o.P.T.2 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. XIII.1o.P.T.2 L (10a.) LABORALES desde tu celular