LABORALES

Artículo VII.2o.T.3 L (11a.). ASESOR DE REDES SOCIALES DE ENTIDADES PÚBLICAS. TIENE EL CARÁCTER DE TRABAJADOR DE CONFIANZA Y, POR ENDE, CARECE DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladaundécima-Épocalaboral

Texto Legal

ASESOR DE REDES SOCIALES DE ENTIDADES PÚBLICAS. TIENE EL CARÁCTER DE TRABAJADOR DE CONFIANZA Y, POR ENDE, CARECE DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Hechos: Un servidor público del Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz (Icatver), promovió juicio de amparo directo contra el laudo por el que se absolvió al mencionado patrón de reinstalarlo en el puesto que desempeñaba como encargado del departamento de diseño, adscrito al área de difusión, por haber confesado que entre sus funciones se encontraba la de brindar asesoría en el manejo de las redes sociales de la citada entidad pública. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que conforme a la fracción III del artículo 7o. de la Ley Número 364 Estatal del Servicio Civil de Veracruz, el asesor de redes sociales de entidades públicas tiene el carácter de trabajador de confianza y, por ende, carece de estabilidad en el empleo.Justificación: Ello es así, pues en términos del artículo 7o. citado, son trabajadores de confianza los servidores públicos en los que recae la base y el soporte fundamental para el correcto, eficiente y eficaz desempeño de la función pública, y en los que descansa la mayor y más importante responsabilidad de la dependencia o entidad del Estado, entre otras, aquellas que brindan asesoría a la entidad pública de que se trate. Así, de los artículos 9, fracción V, 11, fracción V y 51 de la Ley Número 875 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, se advierte que los organismos públicos descentralizados, como el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Veracruz, tienen entre sus obligaciones las de promover la comunicación social y difundir información de interés público vinculada con las actividades que llevan a cabo, para lo cual deben establecer los canales de comunicación con la ciudadanía a través de las plataformas digitales y redes sociales, lo que conlleva que el trabajador que desempeña funciones de asesoría de redes informáticas y sociales de una entidad pública, debe tener conocimientos técnicos y especializados en determinados temas de interés y relevancia para la misma, lo que incide en el correcto, eficiente y eficaz desempeño de la función pública y en el cumplimiento de las obligaciones que tiene la entidad pública en materia de transparencia, ubicándolo en el supuesto previsto en el artículo 7o., fracción III, de la citada Ley Número 364, o sea, como trabajador de confianza, al brindar asesoría en el manejo de redes sociales; por ende, sin derecho a la estabilidad en el empleo.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2023693

Clave: VII.2o.T.3 L (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 6, Octubre de 2021; Tomo IV; Pág. 3556

Precedentes

Amparo directo 428/2020. 24 de junio de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Silvia Valeska Soberanes Sánchez.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo VII.2o.T.3 L (11a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Undécima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo VII.2o.T.3 L (11a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. VII.2o.T.3 L (11a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. VII.2o.T.3 L (11a.) LABORALES desde tu celular