LABORALES

Artículo I.10o.T.2 L (11a.). TIEMPO EXTRAORDINARIO. NO TIENEN ESE CARÁCTER LOS MINUTOS O FRACCIONES DE HORA PREVIOS AL INICIO DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO.

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

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Texto Legal

TIEMPO EXTRAORDINARIO. NO TIENEN ESE CARÁCTER LOS MINUTOS O FRACCIONES DE HORA PREVIOS AL INICIO DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO.

Tesis

Registro digital: 2026188

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Undécima Época

Materia(s): Laboral

Tesis: I.10o.T.2 L (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación.
Libro 23, Marzo de 2023, Tomo IV, página 4095

Tipo: Aislada

TIEMPO EXTRAORDINARIO. NO TIENEN ESE CARÁCTER LOS MINUTOS O FRACCIONES DE HORA PREVIOS AL INICIO DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO.


Hechos: Un trabajador al servicio del Estado demandó el pago de horas extras. La Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) al resolver sobre dicho reclamo, tomó en consideración los registros de asistencia del trabajador y, a partir de éstos, estimó procedente considerar como tiempo extraordinario no sólo los minutos excedentes al momento de concluir la jornada de trabajo ordinaria, sino también los anteriores a cuando ésta debió iniciar.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que los minutos o fracciones de hora previos al inicio de la jornada ordinaria de trabajo, no tienen el carácter de tiempo extraordinario.


Justificación: Lo anterior es así, porque el legislador ordinario tanto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (artículos 22 y 26) como en la Ley Federal del Trabajo (preceptos 66, 67 y 68), de aplicación supletoria a la legislación burocrática, al establecer el concepto trabajo extraordinario, hizo referencia a diferentes vocablos como: "aumentar, extra, prolongar y excedente", por lo cual, si el legislador usó dichas terminologías para referirse al trabajo extraordinario, ello debe ser interpretado en cuanto al tiempo que aumenta, se prolonga o se excede a la jornada ordinaria, esto es, el que continúa una vez que ésta debe terminar y no a los minutos o fracciones de hora antes de que comience.


DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.


Amparo directo 655/2022. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 28 de octubre de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: María de Lourdes Margarita García Galicia. Secretario: Jorge Alberto Farrera Cruz.

Esta tesis se publicó el viernes 17 de marzo de 2023 a las 10:20 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

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Registro digital (IUS): 2026188

Clave: I.10o.T.2 L (11a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: T.C.C.

Sala: DÉCIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 23, Marzo de 2023; Tomo IV; Pág. 4095

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.10o.T.2 L (11a.) del LABORALES?

Tesis aislada · 11a. Época · T.C.C.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.10o.T.2 L (11a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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